La seguridad en la nueva Ley del Deporte (VI)(Infracciones y sanciones en materia de seguridad)

La seguridad en la nueva Ley del Deporte (VI) (Infracciones y sanciones en materia de seguridad)

En este artículo, sobre Infracciones y sanciones en materia de seguridad, se ha tratado de extraer aquellos contenidos de la Ley, que referidos a la seguridad, pueden ser de aplicación al ámbito de las actividades que principalmente, aunque no únicamente, se realizan en gimnasios, centros deportivos y piscinas, y que son la mejora de la condición física, psíquica o emocional, la adquisición de hábitos deportivos saludables y la ocupación activa del tiempo de ocio.

Deberes del personal técnico deportivo en materia de seguridad, en gimnasios, centros deportivos y piscinas. - La seguridad en la nueva Ley del Deporte (V)

Deberes del personal técnico deportivo en materia de seguridad, en gimnasios, centros deportivos y piscinas. – La seguridad en la nueva Ley del Deporte (V)

Para tratar el tema de los deberes del personal técnico deportivo en materia de seguridad, dentro del marco de la ley 39/2022, de 30 de diciembre del Deporte, parece oportuno recordar lo que la citada ley en su artículo 38.1 considera como personal técnico deportivo y es lo siguiente: “Aquellas personas, entrenadores o entrenadoras, que dispongan de la titulación oficial de las enseñanzas deportivas de régimen especial o equivalentes de conformidad con la legislación vigente”.

La práctica deportiva de los menores de edad, en gimnasios, centros deportivos y piscinas. La seguridad en la nueva Ley del Deporte (III)

La práctica deportiva de los menores de edad, en gimnasios, centros deportivos y piscinas. La seguridad en la nueva Ley del Deporte (III)

Es un deber el proporcionar una prestación de servicios para el ejercicio físico; la salud, el ocio deportivo, y la práctica de actividad física, en este caso para los menores, en condiciones idóneas de seguridad. La actividad del sector de centros deportivos, gimnasios y piscinas, que tiene por objeto la oferta y prestación de servicios relacionados con, el ejercicio físico y la salud, el ocio deportivo y la práctica de actividad física.

La seguridad en la nueva Ley del Deporte (II). Aspectos generales aplicables a gimnasios, centros deportivos y piscinas

La seguridad en la nueva Ley del Deporte (II). Aspectos generales aplicables a gimnasios, centros deportivos y piscinas

Las empresas vendrán obligadas a responder por los daños que, en relación con la organización o como consecuencia de la celebración del espectáculo o la realización de la actividad, se produzcan a los que en él participen o lo presencien, o a otras personas, siempre que los mismos les sean imputables, por imprevisión, negligencia o incumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento y sin que el aseguramiento obligatorio de los mismos pueda excluir el carácter principal y solidario de su responsabilidad.

Hoy se celebra la Jornada sobre el Plan de Seguridad para la Práctica Deportiva, organizada por la UCLM-IGOID

Hoy se celebra la Jornada sobre el Plan de Seguridad para la Práctica Deportiva, organizada por la UCLM-IGOID

Hoy se celebra la Jornada gratuita sobre el Plan de Seguridad para la Práctica Deportiva, organizada por la UCLM-IGOID, a las 20h. Impartida junto a José Luis Gómez Calvo, Analista de riesgos y Experto en seguridad de instalaciones y actividades deportivas, se describirán en ella su estructura, contenidos y referentes, y su utilidad como Guía de implantación, seguimiento y evaluación, al tiempo que de acreditación, a los efectos que procedan, de detección, identificación, y valoración de riesgos, y de prevención y previsión de recursos de protección para conseguir unas condiciones seguras para la práctica deportiva.

La UCLM-IGOID junto a José Luis Gómez Calvo, Analista de riesgos y Experto en seguridad de instalaciones y actividades deportivas, organizan una Jornada sobre el Plan de Seguridad para la Práctica Deportiva, en la que se describirán su estructura, contenidos y referentes, y su utilidad como Guía de implantación, seguimiento y evaluación, al tiempo que de acreditación, a los efectos que procedan, de detección, identificación, y valoración de riesgos, y de prevención y previsión de recursos de protección para conseguir unas condiciones seguras para la práctica deportiva.

Jornada sobre el Plan de Seguridad para la Práctica Deportiva, organizada por la UCLM-IGOID

La UCLM-IGOID junto a José Luis Gómez Calvo, Analista de riesgos y Experto en seguridad de instalaciones y actividades deportivas, organizan una Jornada sobre el Plan de Seguridad para la Práctica Deportiva, en la que se describirán su estructura, contenidos y referentes, y su utilidad como Guía de implantación, seguimiento y evaluación, al tiempo que de acreditación, a los efectos que procedan, de detección, identificación, y valoración de riesgos, y de prevención y previsión de recursos de protección para conseguir unas condiciones seguras para la práctica deportiva.

La seguridad en la nueva Ley del Deporte de España (I). Aspectos generales aplicables a gimnasios, centros deportivos y piscinas

La seguridad en la nueva Ley del Deporte de España (I). Aspectos generales aplicables a gimnasios, centros deportivos y piscinas

Tras treinta y dos años en vigor, la Ley del Deporte 19/1990, ha sido sustituida por una nueva, la Ley 39/2022, que ha entrado en vigor el día 1 de enero de este año 2023. Mucho se ha escrito ya sobre el contenido de la nueva ley, y mucho más se seguirá escribiendo en los días y meses venideros, pero en la serie que iniciamos con este artículo, queremos abordar el análisis de la seguridad dentro de la nueva Ley del Deporte, en lo que es de aplicación, en el ámbito de los gimnasios, centros deportivos y piscinas en España.

Calidad y gestión de concurrencia (2): Requisitos, información y control de accesos

El control de accesos es un componente fundamental para la seguridad en el interior de los recintos, espacios y locales deportivos. Es el primer filtro de seguridad y con el se consigue en un porcentaje muy elevado disponer de condiciones seguras que posibiliten el normal desarrollo de las actividades, y la tranquilidad, confianza y bienestar de los usuarios y clientes de nuestros centros deportivos, gimnasios y piscinas.

Calidad y gestión de concurrencia (3): Requisitos, Información y Control de Permanencia

El control de permanencia no debe entenderse solo como la comprobación del cumplimiento de los requisitos a los que esté condicionada dicha permanencia, sino también como un medio para obtener datos de las preferencias, hábitos, desplazamientos, tiempo de utilización y respuesta por parte de los usuarios, a reclamos publicitarios en puntos de información mediante pantallas de visualización.

El control de accesos, un punto clave en la seguridad de gimnasios y centros deportivos

 El experto en seguridad de instalaciones y actividades deportivas y analista de riesgos, José Luis Gómez Calvo nos explica parte de los requisitos, información y control de accesos que todo gimnasio y centro deportivo debería conocer, ya que el control de accesos es un componente fundamental para la seguridad en el interior de los recintos, espacios y locales deportivos, dentro de la serie de recomendaciones imprescindibles para la seguridad en la industria del fitness.